viernes, 28 de febrero de 2020

UASD recomienda revocación Permiso Ambiental para construcción hotel en Área Nacional de Recreo Punta Catuano en Región Este







La
Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) planteó la necesidad de revocación
del Permiso Ambiental para la construcción del Hotel Leaf Bayahíbe en el Área
Nacional de Recreo Guaraguao-Punta Catuano, en la Región Este del  país, 
y en cambio recomendó la reintegración de toda esa superficie a la
categoría de Parque Nacional.





A través de
un documento ponderado por su Comisión Ambiental, la UASD ratificó la necesidad
de garantizar la integridad, el carácter patrimonial y la pertenencia al
Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Área Nacionalde Recreo Guaraguao-Punta
Catuano y recomendó su reincorporación al Parque Nacional Cotubanamá.





De acuerdo al
organismo de la Universidad Primada de América, el cambio de categoría de dicha
área para adecuar la ley a intereses particulares constituye una aberración
técnica que a su vez carece de fundamento científico.





“El permiso
ambiental expedido para edificar dicho hotel dentro del Área Nacional de Recreo
Guaraguao-Punta Catuano viola la Ley General de Medio Ambiente 64-200, la Ley
de Áreas Protegidas 202-2004 y al menos 11 acuerdos internacionales suscritos
por la República Dominicana y actualmente en vigor”, planteó.





Advirtió de
igual modo que el permiso para la edificación del referido hotel en un Área
Nacional de Recreo Guaraguao-Punta Catuano viola la Constitución dominicana y
todos los criterios y pautas universalmente aceptados en el aprovechamiento de
los servicios ambientales que aportan las áreas protegidas.





Investigación





Frente a la
realidad descrita, la Comisión Ambiental de la UASD solicitó al Estado
dominicano ordenar una investigación forense acerca del proceso
técnico-administrativo que soporta el otorgamiento del Permiso Ambiental, así
como las transacciones inmobiliarias y la expedición de títulos de propiedad en
zonas declaradas de utilidad pública y que en las Constitución y en las leyes
antes citadas se consideran bienes patrimoniales de la nación que a su vez son
inalienables, inembargables e indescriptibles.





Planteó que
los límites de las áreas protegidas sólo pueden ser reducidos por la ley con la
aprobación de las dos terceras partes de los votos de los miembros de las
cámaras del Congreso Nacional.





“La UASD, a
través del Centro de Investigación de Biología Marina (CIBIMA), de su Comisión
Ambiental, de su Instituto de Estudios Antropológicos (IDIA) y de otras de sus
unidades de investigación ha reconocido el extraordinario valor de los recursos
naturales, culturales y antropológicos existentes en el Parque Nacional
Cotubanamá y del Área Nacional de Recreo Guaraguao-Punta Catuano y ha
verificado su fragilidad intrínseca”.





La UASD
informó que permanecerá siendo parte del conjunto social que, en cumplimiento
de los mandatos de la Constitución y de la Ley 64-200, defiende los recursos
naturales, la calidad de vida y el Sistema de Áreas Protegidas que son la
garantía de la supervivencia, el desarrollo y el bienestar de la Nación
dominicana.

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